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NORMAS NIVEL SECUNDARIO

REGIMEN  ACADEMICO DEL NIVEL SECUNDARIO

REGIMEN ACADEMICO: RESOLUCIONES 587/11, Y 1480/11 (se derogan las resoluciones N° 927/06, 688/06 y 3843/07):

INASISTENCIAS

1.  El nuevo cómputo de inasistencias es bidimensional, es decir para la promoción se tienen en cuenta la cantidad de inasistencias institucionales y la cantidad de inasistencias por materias.

2.  En caso de llegar a 10 inasistencias el responsable tiene la obligación de firmar un acta informativa y de compromiso en la Escuela cuando se lo cite.

3.  El máximo de inasistencias autorizadas es de 20 faltas anuales.            

4.  En caso de superar esa cantidad de inasistencias (20), el alumno pierde la condición de “REGULAR”

5.  Las justificaciones se realizan por medio de certificado médico o por nota firmada por el responsable (en hoja N° 3), aclarando el motivo de la misma. Solo se justificarán las faltas hasta 48 hs. posteriores a la inasistencia. Más de 3 inasistencias seguidas, se justificarán sólo con certificado médico.

6.  El cómputo de inasistencias es el siguiente:                                 

-   cuando la falta obligue a un solo turno: 1 inasistencia

-   cuando se practica  educación física, es ½ inasistencia por turno.

-   TARDES: Desde las  7:30 horas se computa inasistencia, a partir de 7:45 media o un cuarto si hay simple o doble actividad.

-   RETIROS: Se computa  ½ inasistencia a la obligación del día (si tiene educación Física es ¼ y si no tiene es ½).

7.  En caso de llegar a 20 inasistencias, el alumno debe seguir asistiendo a clases y deberá rendir en comisión evaluadora en las materias que exceda el 15% de inasistencias de las clases efectivamente dictadas durante el año.

Normas de presentación de los alumnos - REGLAMENTO UNIFORME INSTITUCIONAL

La concurrencia de un alumno a clase sin el uniforme correspondiente o su uso de forma incompleta condiciona el ingreso al establecimiento hasta tanto sean satisfechos los requerimientos en tal sentido, salvo autorización expresa de la dirección de la escuela.

Los alumnos que egresan en el presente ciclo lectivo, podrán usar remeras, buzos, distintivos, etc. alusivos a su condición de egresados a partir del mes de abril. Deberán ser iguales en cada división y no contener inscripciones o dibujos que afecten a las normas y objetivos escolares.

Para combatir el frío en épocas invernales, los alumnos podrán asistir, si lo desean, sólo con el uniforme de gimnasia desde el 21 de julio al 21 de septiembre.

Se deja constancia que, por ningún motivo, el alumno puede intercalar las prendas del  uniforme institucional de vestir con las propias del uniforme de educación física.

La presentación de los alumnos (largo del cabello, tintura, maquillaje en las niñas, accesorios, largo de la pollera, etc.) en los aspectos que no estén específicamente reglamentados, deberá ajustarse a un criterio de moderación que excluya excentricidades y todo tipos de extravagancias.

El criterio de apreciación estará determinado por el cuerpo directivo del Establecimiento.

Los alumnos deben concurrir con el uniforme reglamentario y no se aceptarán excepciones  en el uso del mismo.

Todas las prendas y elementos escolares deben tener el nombre y apellido completo con la sección a la que concurren.

Esta fuera de control posible del colegio responsabilizarse de las pérdidas u olvidos de los alumnos, teniendo en cuenta que si por error un niño se lleva un elemento que no corresponde a sus pertenencias, el padre que lo recibe podrá identificarlo con facilidad para su devolución inmediata.

Los alumnos de primer ciclo del nivel primario usarán el uniforme deportivo siendo opcional el uniforme institucional.

A partir del año 2011, los alumnos del nivel secundario usarán el uniforme institucional de vestir y el deportivo, asistiendo a clase con el uniforme de educación física solo los días que tengan dicha materia.

UNIFORME INSTITUCIONAL

•   Pantalón gris de sarga o acrocel. Corte clásico.

•   Chomba blanca de piqué, manga corta o larga con vivos en cuello y puño rojo y amarillo, escudo Institucional bordado en el lado izquierdo.

•   Zapatos o zapatillas negros o marrones.

•   Medias verde oscuro.

•   Pulóver escote en V verde con escudo Institucional bordado en el lado izquierdo.

•   Campera reversible gris (polar – impermeable) con escudo bordado en el lado izquierdo (optativa).

•   Campera negra con cintura y puños en amarillo, rojo y azul francia, con escudo bordado lado izquierdo (campera elegida por el alumnado).

•   Bufanda verde oscuro.

•   Pollera escocesa “Kilt.”

•   Chomba blanca de piqué, manga corta o larga con vivos en cuello y puño rojo y amarillo, escudo Institucional bordado en el lado izquierdo.

•   Zapatos o zapatillas negros o marrones.

•   Medias verde oscuro.

•   Pulóver escote en V verde con escudo Institucional bordado en el lado izquierdo.

•   Campera reversible gris (polar – impermeable) con escudo bordado en el lado izquierdo (optativa).

•   Campera negra con cintura y puños en amarillo, rojo y azul francia, con escudo bordado lado izquierdo (campera elegida por el alumnado).

•   Bufanda verde oscuro.

UNIFORME EDUCACIÓN FÍSICA

•   Pantalón largo azul francia con vivos en los costados rojo y amarillo.

•   Campera azul francia con vivos en los costados rojo y amarillo y escudo Institucional bordado en el lado izquierdo.

•   Buzo gris melange con escudo Institucional bordado en el lado izquierdo.

•   Zapatillas blancas o negras lisas.

•   Short azul francia con vivos en los costados rojo y amarillo (mujeres).

•   Short y/o bermuda azul francia con vivos en los costados rojo y amarillo (varones).

•   Medias blancas.

•   Chomba roja de piqué, manga corta o larga con vivos en cuello y puño rojo y amarillo, y escudo Institucional bordado en el lado izquierdo.

Inscripción de alumnos:

La reserva de vacante se realizará conforme a las siguientes prioridades:

a- Alumnos que concurren al Establecimiento.

b- Hijos de personal y hermanos de alumnos del colegio.

c- Alumnos provenientes de otros establecimientos educacionales.

1) La reserva de vacante se llevará a cabo desde el mes de octubre hasta diciembre. Se abonará en 3 cuotas consecutivas e iguales, durante los meses de octubre a diciembre, siendo  condición para hacer efectiva la misma no tener deuda pendiente en el pago de los aranceles. 

2) La matrícula se cobra sólo una vez al año y se hará efectiva con el pago de la totalidad de la reserva de vacante, no registrando deuda pendiente en los aranceles, cuando el alumno se encuentre en condiciones académicas de acceder al año en  que se efectuó la reserva de vacante y cuando su comportamiento sea acorde con las normas institucionales. Podrá solicitarse el reintegro de la reserva de vacante hasta el día 31 de diciembre del año en curso.

3) El colegio se reserva el derecho de admisión  con el solo recaudo de notificar fehacientemente dicha resolución a los padres o representantes legales del alumno.  Asimismo el colegio podrá efectuar las modificaciones o supresión necesarias en las actividades extraprogramáticas optativas.

4) El  contrato de enseñanza quedará perfeccionado una vez operada la matriculación del alumno y conforme los reglamentos internos de la Institución.  Ante ello, el alumno no figurará como inscripto para el año inmediato posterior.  El contrato de enseñanza tendrá una  vigencia de un ciclo lectivo (anual), sin perjuicio de las causales de resolución previstas.

Aranceles:

En cumplimiento de las resoluciones y decretos vigentes emanados por los órganos de supervisión vigentes,  ponemos en conocimiento  las condiciones de matriculación y aranceles que tendrán vigencia en el Ciclo Lectivo:

1) Se abonarán por servicios educativos, diez cuotas mensuales, consecutivas e iguales de marzo a diciembre,  conformada por el arancel programático y el arancel extraprogramático (según corresponda al nivel), el prorrateo (en las diez cuotas de las cuotas por “Mantenimiento del Servicio Educativo” y “Cuota Recupero por Mayores Costos Laborales”, el seguro de accidente de alumnos y la atención médica. Sólo en los niveles que corresponda se abonará en los meses de mayo y septiembre la cuota correspondiente a “Merienda y Materiales del alumno”.

2) Los aranceles podrán ser modificados por ajustes salariales, incrementos en los costos laborales e impositivos y/o modificaciones emanadas por la Dirección Provincial de Educación y Gestión Privada. Asimismo, se podrá tomar idéntica medida ante incrementos de impuestos y/o tasas nacionales, provinciales y/o municipales, imposición del IVA a la actividad privada, cambios en la normativa vigente en materia de precios que pudiera provocar modificaciones en la ecuación económica financiera de las instituciones educativas.

3) Las cuotas enunciadas se cobrarán del 1 al 10 de cada mes por adelantado.  A partir de la fecha de vencimiento indicada, el Instituto establecerá los recargos por mora y/o intereses punitorios mes a mes, atento a las variaciones del contexto socio-económico nacional y las pautas que pudieran fijar al respecto las autoridades jurisdiccionales respectivas.

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